Proyecto de Documentación sobre Conscripción y Objeción de Conciencia: Angola

de
en
es

Poco tiempo después de haber conseguido la independencia de Portugal en 1975, se desató un conflicto armado entre el Movimiento Popular para la Liberación de Angola (MPLA) y la Unión Nacional para la Independencia Total de Angola (UNITA). La guerra civil duró casi 20 años, en los que el MPLA controlaba la mayoría del país y la UNITA desarrollaba una guerra de guerrillas contra las fuerzas gubernamentales. La guerra tocó a su fin el 1 de mayo de 1991 gracias a los acuerdos de paz de Bicesse, que desembocaron en las elecciones presidenciales de 1992. Tras la celebración de los comicios, la UNITA retiró sus tropas de las fuerzas armadas angoleñas y se desató un nuevo conflicto armado que duró hasta los acuerdos de paz de Lusaka de noviembre de 1994.

1 Conscripción

La conscripción existe

En el artículo 152 de la Constitución de 1992 se hace referencia a la conscripción en los siguientes términos: "1. La defensa del país es un derecho y el deber principal e irrenunciable de todos los ciudadanos. 2. El servicio militar es obligatorio. La ley establecerá la forma de cumplirlo." Antes de mayo de 1991, fecha en la que se abandonó como parte del proceso de paz de Bicesse, la conscripción estaba regulada mediante la ley 12/82 ( Lei General do Servicio Militar). La conscripción se reintrodujo en 1993 y la ley del servicio militar de 1982 fue reemplazada por la ley 1/93 el 26 de marzo de 1993. [17] [16] [9]

Servicio militar

Según la ley 1/93, sólo se puede reclutar a hombres de entre 20 y 45 años. [17] [9]Otra fuente indica que también se puede llamar a filas a mujeres de entre 20 y 45 años, pero en la realidad no se las alista. [16] Los mayores de 30 años sólo sirven en la Fuerza de Reserva. [6] El servicio militar dura 3 años; 4 años para los rangos más altos, y en ocasiones este periodo puede alargarse. [1] El servicio militar es de 2 años en infantería y 3 años en la marina y fuerzas aéreas. [9] En principio es posible prestar el servicio sin armas. [8]

Aplazamiento y exención

No hay información disponible al respecto

Reclutamiento

Según decreto 29/97 del Ministerio de Defensa, el reclutamiento y la incorporación a las fuerzas armadas puede realizarse cinco veces al año, dos veces para soldados y tres para oficiales. El Consejo de Ministros (art. 4) se encarga de determinar el número de hombres que deben incorporarse cada año. [19] Marzo y septiembre son los meses de reclutamiento militar. [7] En junio de 1993 se intensificó el programa de conscripción para reclutar 10.000 jóvenes, pero tres meses más tarde sólo se habían incorporado a filas el 40 % de esa cifra. En las zonas controladas por el gobierno, los reclutas potenciales se mostraban claramente reticentes a incorporarse a las fuerzas armadas. [9]

Reclutamiento forzado

El rusgas, actos de presión a los jóvenes para que se incorporen a las fuerzas armadas, era práctica habitual antes del acuerdo de paz del 1 de mayo de 1991. Cuando se reintrodujo la conscripción en 1993, las campañas de reclutamiento forzado continuaron. Varios informes de 1994 indican que estas campañas consistían en actos de presión contra chicos jóvenes para que se incorporaran a filas. [10] [16] También hay informes en los que se indica que a pesar de que el gobierno ha cesado de peinar el centro de Luanda en busca de reclutas, el reclutamiento se sigue realizando en algunos suburbios y es práctica común en el campo. A menudo se reclutan menores a la fuerza. También se informa de que los comandantes de las fuerzas armadas pagan a agentes de la policía por buscar nuevos reclutas, que sólo pueden escapar de la incorporación a filas pagando un precio mayor. [18] A pesar de que la edad de conscripción es de 20 años, hay informes de niños de 14 a los que se ha alistado a la fuerza. [5] [18]

2 Objeción de conciencia

No existen disposiciones legales para la objeción de conciencia ni para prestación sustitutoria. [1] [12] La constitución no menciona ninguna alternativa al servicio militar. Aquellas personas que no quieran prestar el servicio militar por algún motivo deben dirigirse al Ministerio de Defensa para la exención. [4]Fuentes oficiales de Angola indican que existe la posibilidad de prestar un servicio sustitutorio.

Según el gobierno angoleño de 1994: "no hay ningún problema con la objeción de conciencia al servicio militar en Angola. Aquellos que rechazan llevar armas se les pide que sirvan en el ámbito administrativo. [8] De acuerdo con el Jefe del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas angoleñas: "el artículo 10 de la Ley del Servicio Militar de 1993 establece que los objetores de conciencia, incluidos los testigos de Jehová, no pueden ser obligados a prestar el servicio militar ordinario, pero que durante el periodo de duración del servicio militar obligatorio deben realizar servicios a la comunidad. Estos servicios se realizan en calidad de civil y con un régimen civil en hospitales, compañías de construcción civil e instituciones de ayuda y asistencia públicas a las víctimas de catástrofes y desastres naturales. Para poder regular mejor el servicio comunitario realizado por los objetores de conciencia, el Consejo de Ministros está debatiendo la ley de objeción de conciencia considerando los principios ya establecidos en la legislación citada anteriormente. Hoy en día, ya no se lleva a los objetores de conciencia al ejército de Angola ante los tribunales porque la ley actual no lo permite; realizan un servicio comunitario auxiliar consentido. No existe ningún tipo de represión legal o ilegal, como podrá confirmar la dirección oficialmente reconocida de la Iglesia de los Testigos de Jehová de Angola." [7] No obstante, de acuerdo con Watch Tower, en ocasiones se encarcela a testigos de Jehová. [21] A su vez, la sección británica de Amnistía Internacional también constató en 1994 que no existen disposiciones para objetores de conciencia ni ningún servicio militar alternativo al servicio militar. A aquellos que se oponen a la conscripción se les castiga enviándolos a las zonas bélicas más peligrosas sin formación militar alguna. [14]

3 Evasión de la conscripción y deserción

Sanciones La evasión de la conscripción y la deserción son punibles de acuerdo con el código penal militar del 28 de enero de 1994 ( Lei dos Crimes Militares No. 4/94). La no prestación del servicio militar puede acarrear penas de 3 días a 2 años de cárcel, tras este periodo se puede emitir una nueva llamada a filas. (art. 29). [13] La deserción en tiempos de paz conlleva penas que van de los 2 a los 8 años de prisión. [13] [16] [7] En tiempos de guerra o durante operaciones militares, el castigo puede ir de los 8 a los 12 años de reclusión. [13] [16] Amnistía Se han aprobado varias leyes de amnistía. El 12 de julio de 1991 se dio la amnistía a todos los evasores de la conscripción, objetores de conciencia y desertores de antes de la firma del tratado de paz del 1 de mayo de 1991. [3] De forma similar, tras la firma del protocolo de Lusaka, la ley de amnistía de 1994 amparó a evasores de la conscripción y a desertores del periodo entre el 1 de octubre de 1992 y el 20 de noviembre de 1994. [17]

Práctica

Se desconoce si las amnistías se aplicaron en la práctica. Según las Fuerzas Armadas Angoleñas, en la práctica las sentencias de prisión para desertores no superan los 4 años. Una vez cumplida la mitad de la pena los prisioneros disfrutaban de libertad condicional. [7] Un investigador de Human Rights Watch afirmaba que esto era pura "teoría", y que el tratamiento variaba en casos individuales, dependiendo por ejemplo de la zona o del correspondiente responsable militar. Hubo deserciones masivas y las prisiones ya estaban desbordadas. En la práctica los desertores eran a menudo apaleados y se les volvía a alistar. [11] Durante el conflicto armado, la evasión de la conscripción y la deserción eran a menudo castigadas enviando al recluta al frente. [2]

4 Reclutamiento a la fuerza en UNITA y FLEC

A pesar del acuerdo de paz de 1994, la UNITA sigue reclutando nuevos soldados. El reclutamiento forzado (chicos y chicas) está ampliamente extendido, especialmente en las zonas controladas por la UNITA, las provincias del norte de Zaire y Uige. En 1995 se denunció el reclutamiento a la fuerza de un niño de 11 años en las tropas de la UNITA. Se les recluta para tareas de combate o como porteadores. Estos últimos suelen ser mujeres que llevan armas y munición a las tropas de la UNITA. [18] La UNITA no permite a los civiles abandonar libremente las zonas bajo su control. [18] Se ha denunciado que el servicio en las fuerzas de la UNITA es indefinido y que los desertores han sido apaleados y se les ha vuelto a alistar. [11] No hay información disponible sobre las prácticas de reclutamiento de las facciones del Frente de Liberación del Enclave de Cabinda (FLEC). El FLEC es responsable de ataques terroristas. [15]

5 Estadísticas anuales

Las fuerzas armadas de Angola cuentan con 110.500 soldados, casi un uno por ciento de la población. Un ejército unificado nacional de 90.000 soldados tiene previsto incluir 18.500 soldados de UNITA, pero en mayo de 1997 sólo se habían integrado en las fuerzas armadas nacionales 10.600 soldados de UNITA. 24.000 soldados más 35.000 adicionales de la UNITA esperan a ser desmovilizados. [20] Se calcula que las tropas del FLEC incluían 500 combatientes en 1991. [15] Cada año aproximadamente 105.000 hombres alcanzan la edad de conscripción (20). [20]

Fuentes

[1] Amnistía Internacional 1991. Conscientious objection to military service. AI, Londres, UK. [2] Amnistía Internacional 1991. Angola: Human Rights Guarantees in the Revised Constitution. AI, Londres, UK (AFR 12/04/91). [3] Ministerio de AA.EE. de Los Países Bajos 1991. Ambtsbericht Angola, 29 noviembre 1991. La Haya, Los Países Bajos. [4] IRBDC 1992. Telephone Interview with Mission of Angola to the USA representative, Nueva York, 20 mayo 1992. [5] Woods, D.E. 1993. Child Soldiers, the recruitment of children into the armed forces and their participation in hostilities. Quaker Peace and Service, Londres, UK. [6] Sección Alemana de Amnistía Internacional 1993. Lagebericht Angola, 31 de agosto 1993. [7] Letter from the Office of the Chief of the General Staff of the Angolan Armed Forces to the British Embassy in Luanda, 24 noviembre 1993. [8] Comisión de los Derechos Humanos de la ONU 1994. Report of the Secretary-- General prepared pursuant to Commission resolution 1993/84 (and Addendum). Naciones Unidas, Ginebra. [9] Centro de documentación del ACNUR 1994. Angola -- background information on conscription. ACNUR, Ginebra. AGO3, 5 April 1994. [10] Centro de documentación del ACNUR 1994. Angola -- are ´rusgas' still going on? ACNUR, Ginebra. AGO2, 5 April 1994. [11] Centro de documentación del ACNUR 1994. Angola -- Information on punishment for deserters. ACNUR, Ginebra. AGO6, 12 agosto 1994. [12] Ministerio de AA.EE. de Los Países Bajos 1994. Ambtsbericht Angola, 7 noviembre 1994. La Haya, Los Países Bajos. [13] Sección alemana de Amnistía Internacional 1994. Letter to Verwaltungsgericht Göttingen, AFR 12-- 94.550. [14] Centro de documentación del ACNUR 1994. Angola -- information regarding provisions for conscientious objection. ACNUR, Ginebra. AGO11, 16 diciembre 1994. [15] DIRB, 1995 DIRB, 15 noviembre 1995. [16] Oficina Federal para los Refugiados de Suiza 1996. Country Information Sheet Angola. [17] Ministerio de AA.EE. de Los Países Bajos 1996. Ambtsbericht Angola, 25 abril 1996. La Haya, Los Países Bajos. [18] Human Rights Watch/África 1996. Angola, Between War and Peace: Arms Trade and Human Rights Abuses since the Lusaka Protocol. Human Rights Watch/Africa, New York. [19] Diário da República, Serie I, No. 29, 20 June 1997. Ministerio Angoleño de la Defensa Nacional -- Executive Decree No. 29/97. [20] Institute for Strategic Studies 1997. Military Balance 1997/98. ISS, Londres, UK. [21] Watch Tower 1998. Letter to Glazer Delmar Solicitors, 27 de enero 1998. Londres, UK.

Bart Horeman/Marc Stolwijk: Refusing to bear arms. A world survey of conscription and conscientious objection to military service. War Resisters' International, 1998
Programmes & Projects
Countries
Theme

Añadir nuevo comentario