Tribunal Superior de Justicia de Israel legaliza la explotación de recursos naturales en los territorios ocupados

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El 2011 será recordado como el año en el cual el parlamento israelí intensificó su legislación antidemocrática, siendo que el Tribunal Superior de Justicia validó una vez mas la explotación económica estructural de los territorios ocupados palestinos. El lunes 26 de diciembre, el Tribunal Superior de Justicia rechazó una petición presentada por la organización Yesh Din, la cual desafió la legalidad del uso de recursos naturales extraídos por 11 empresas de explotación de canteras y minería en Cisjordania. Esta validación se suma a la aprobación que el Tribunal Superior de Justicia ya había dado a los asentamientos israelíes y a la Muro de Separación.

La información recolectada por whoprofits.org, quien aportó evidencia para el caso contra las actividades de las empresas en los territorios ocupados, estableció que un 94% del material extraído por empresas de explotación de canteras y minería activas en la zona C bajo control israelí , son usadas para la venta en Israel. Las empresas transfieren parte de sus ganancias a la administración civil en los territorios ocupados, que a su vez facilitan sus actividades. Sólo una fracción del material es vendido a palestinos. Una mano lava la otra, ayudando en los intereses del ocupador, contrario al deber de Israel bajo la Ley Humanitaria Internacional de proteger la propiedad pública en los territorios ocupados, incluyendo los recursos naturales. Con esta sentencia, el status quo de la explotación económica ha sido legalizado y las empresas han sido autorizadas a continuar sus actividades sin ningún obstáculo.

La sentencia está basada en argumentos falsos. El Tribunal Superior (así como las empresas que explotan el trabajo de palestinos), argumentó que las actividades israelíes de explotación de canteras en Cisjordania provee de oportunidades de trabajo a palestinos, invocando el acuerdo interino entre Israel y Palestina que deja las canteras en la zona C bajo control israelí. El tribunal determinó que la Autoridad Palestina dio su consentimiento a las operaciones en las canteras. La invocación del acuerdo interino es sorprendentemente anacrónico: no existe ningún consentimiento particular a esta zona en este (no existente) acuerdo; he incluso, si la hubiese, la Autoridad Palestina no cuenta con la autoridad para aprobar la explotación de recursos naturales y la violación de derechos humanos derivada de ésta a la población ocupada.

El Tribunal Superior sí recomendó que Israel no abra nuevas canteras en Cisjordania, por lo tanto admitió que los recursos extraídos deben ser protegidos de la sobre-explotación. Sin embargo, falló de forma miserable en reconocer que la sobre-explotación en beneficio de los ocupantes ha sido el orden del día por más de 40 años. La sentencia del tribunal perpetúa una situación donde las y los palestinos continúan sufriendo de la explotación de la tierra, la falta de agua y otras necesidades básicas, mientras que el estado israelí y empresas privadas extraen los beneficios del saqueo de los recursos naturales en los territorios ocupados, en grave violación a los estándares internacionales de derechos humanos y de los códigos de conducta de responsabilidad corporativa y social.

http://whoprofits.org

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