Informe sobre el país: Venezuela

Venezuela

8 de enero de 1998

1. Conscripción

la conscripción existe

La conscripción está establecida en el artículo 53 de la Constitución, que estipula que el servicio militar es obligatorio y es desempeñado, independientemente del nivel social de un individuo, como y cuando la ley lo requiera. [2]

El servicio militar está regulado por la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar del año 1978. [1] [6]

Las fuerzas armadas venezolanas son muy populares, ya que fueron establecidas por Simón Bolívar, libertador de Venezuela del opresor colonial, España.

servicio militar

Todos los hombres entre los 18 y 50 años de edad están sujetos al servicio militar. [3]

La duración del servicio militar es de 2 años. [1] [3]

aplazamiento y exención

No hay conocimiento sobre ninguna normativa a cerca de prórrogas.

En cambio un conscripto puede ser eximido por razones médicas, matrimonio, por ser el único sostén de familia, hijo mayor de una viuda, el mayor entre hermanos huérfanos, por ser estudiante secundario con una puntuación promedio de 15, ser religioso o un convicto criminal (Art. 78 del Reglamento de la Ley de Conscripción Militar). [1] [5]

reclutamiento

Todos los varones están legalmente obligados a registrarse para el servicio militar a los 18 años de edad. En la práctica muchos no se registran y de aquellos registrados solamente el 20% son realmente reclutados. [1]

La inscripción militar y el reclutamiento son hechos por el municipio. Todos los distritos tienen asignados un número determinado de reclutas. Las oficinas de reclutamiento reciben paga por cada joven reclutado. En 1994 éstas oficinas obtuvieron 200 bolívares por cada recluta. No es inusitado que los conscriptos ofrezcan un soborno más de 200 Bs. para exceptuarse del servicio. [1] [6]

El promedio de edad del servicio militar es entre los 18 y 24 años de edad. [1]

Los conscriptos que han pasado los 25 años es poco probable que sean reclutados. [5]

reclutamiento forzoso

El reclutamiento se lleva a cabo en público, en lugares donde se congrega mucha gente, lugares tales como entradas de cines escuelas y mercados. Los oficiales de reclutamiento, vestidos algunas veces de civil y ayudados por el ejército y la policía, "verifican documentos" y arbitrariamente reclutan en forma forzada a los reclutas, a los que introducen en autobuses destinados a las barracas. Se paga a los oficiales por cada joven reclutado. Según los objetores de conciencia venezolanos, solamente se toma a reclutas de la clase baja, ya que aquellos con medios económicos pueden comprar su exención al servicio.

Tal reclutamiento forzoso constituyó una violación sistemática a la integridad física y a la libertad de movimiento. Además mecanismo está expresamente prohibido por la ley. [1] [6]

2. Objeción de conciencia

El derecho a la objeción de conciencia no está legalmente reconocido. [1] [2]

Muchos quienes se resisten al servicio militar tratan de evadir el reclutamiento y no responden al llamado al alistamiento. [1]

En noviembre de 1997 fue la primera vez que en Venezuela un grupo de 34 objetores de conciencia anunció públicamente su objeción al servicio militar. Hasta el momento, las fuerzas armadas no han iniciado ningún procedimiento contra ellos. [6]

3. Evasión y deserción

penas

La evasión al servicio militar es punible con multa o prisión, según el art. 41 de la Ley sobre Conscripción y Alistamiento Militar. [3]

La deserción es punible de 2 a 4 años de prisión y exclusión de las fuerzas armadas (Art. 525, Código Penal Militar). [1]

Según una fuente gubernamental, las pena por deserción es de 1 a 5 años de prisión. [5]

práctica

Aparentemente la evasión está extendida y los evasores no son buscados.

Los objetores de conciencia venezolanos estiman que hay aproximadamente 180 desertores por año. [1]

Alguien que ha desertado o no se ha reportado para el servicio de reserva sin justificación es considerado un desertor y hasta la edad de 60 años puede sufrir arresto y prisión. [5]

6. Estadísticas anuales

Las fuerzas armadas están integradas por 79.000 efectivos, que representan el 0,35 por ciento de la población, de los cuales alrededor de unos 31.000 son conscriptos. [4]

Todos los años alrededor 220.000 jóvenes alcanzan la edad de conscripción. [4]

Un promedio de 100.000 jóvenes es llamado al servicio anualmente, de los cuales 50.000 desempeñan efectivamente el servicio militar. Cerca de 120.000 de los conscriptos registrados son eximidos por diversas razones. [1]

Fuentes

[1] ROLC 1994.
Informe del taller de formación para la objeción de consciencia y encuentro latinoamericano de objeción de consciencia. SERPAJ, Asunción, Paraguay.
[2] UN Commission on Human Rights, 1991.
Report of the Secretary-General prepared pursuant to Commission resolution 1989/59. United Nations, Geneva.
[3] Amnesty International 1991.
Conscientious objection to military service. AI, London, UK.
[4] Institute for Strategic Studies 1997.
Military Balance 1997/98. ISS, London, UK.
[5] Consulate of Venezuela in Ottawa, 8 August 1991.
Telephone Interview from DIRB with Representative.
[6] Red de Apoyo por la Justicia y la Paz 1997.
Corrections and amendments to the draft report. Red de Apoyo, Caracas, Venezuela.

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02 Mayo 2011
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Entrevista realizada en el programa "En la mañana" del periodista William Echeverría, transmitido por el canal Globovisión de Venezuela el 11.05.11. Clark, presidente de la Internacional de Resistentes a la Guerra (IRG), explica en qué consiste la lucha contra el miliitarismo y la guerra que realizan desde el año 1921. La grabación fue realizada por una camara HD portátil y no corresponde a lo que se transmitió en pantalla.

08 Nov 2010
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El gobierno venezolano ha retrocedido con respecto a la decisión de la inscripción obligatoria para el servicio militar que habría entrado en vigor el 21 de octubre de 2010. El año pasado, el parlamento venezolano aprobó una nueva ley de reclutamiento militar que por primera vez introdujo el registro obligatorio de servicio militar para las mujeres venezolanas (Ver Informe-OC n º 52, noviembre-diciembre de 2009).

17 Dic 2009
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El 6 de octubre de 2009, el parlamento venezolano aprobó una nueva ley sobre la conscripción y el alistamiento, que sustituye a la ley de 1978, que ya no estaba en consonancia con la Constitución Bolivariana. Mientras que la mayoría de medios de comunicación venezolanos de la oposición hablaban de "servicio militar obligatorio", existen verdaderas diferencias entre la ley de 1978 y la nueva ley.

01 Abr 2006
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The Supreme Court of the Bolivarian Republic of Venezuela decided on 20 February on the constitutionality of pre-military education in Venezuelan schools. Students of the last two years of higher education have to participate in pre--military education as part of the curriculum, based on Article 71 of the Military Service Law (Ley de conscripción y alistamiento militar). The Venezuelan human rights organisation PROVEA brought a case to the Supreme Court, which was first decided in June 2005.

26 Abr 2001
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CCPR/CO/71/VEN
26 de abril de 2001

(...)

26. El Comité toma nota de que la ley venezolana no contempla la condición de objetor de conciencia al servicio militar, en el legítimo ejercicio del artículo 18 del Pacto.

El Estado Parte debe asegurar que las personas obligadas al servicio militar pueden invocar la eximente de objeción de conciencia y beneficiarse de un servicio sustitutorio no discriminatorio.

(...)

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