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Informe a la Comisión de Derechos Humanos en referencia al artículo 18 del Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos

Febrero de 2005

Presentado por la Internacional de Resistentes a la Guerra, 5 Caledonian Rd, London N1 9DX, Gran Bretaña
Tel +44-20-7278 4040; Fax +44-20-7278 0444
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Autora: Kat Barton
Traducción: Pedro J Ballesteros

1. Principales problemas

La duración del servicio sustitutorio es discriminatoria y punitiva. Bajo la ley actual, los objetores de conciencia (OCs) pueden perder su condición si rechazan prestar el represivamente largo servicio sustitutorio.
Esto es contrario al artículo 4 de la Resolución 1998/77(E/CN.4/1998/L.93) de la omisión de Derechos Humanos que "Recuerda a los estados que tengan un sistema de servicio militar obligatorio en el que no se haya establecido todavía una disposición de este tipo su recomendación de que establezcan diversas formas de servicio alternativo para los objetores de conciencia que sean compatibles con las razones de la objeción de conciencia, que tengan carácter civil o no combativo, que redunden en el interés público y que no sean de naturaleza punitiva"
Resoluciones anteriores del Comité de Derechos Humanos - recientemente Foin vs France - establecieron que la diferencia de duración es admisible sólo si está basada en "criterios razonables y objetivos, tales como la naturaleza del servicio específico o la necesidad de una formación especial destinada al cumplimiento del servicio"[1] y cualquier disparidad en duración que discrimine a los OCs por razón de su conciencia constituye una violación del principio de igualdad establecido en el artículo 26 del Convenio. También es contrario a la Recomendación R(87) 8 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, que establece que "la duración del servicio deberá ser razonable y no deberá ser equivalente a un ´castigo´"[2]
La ley griega de OC excluye grupos enteros de la solicitud del estatus de OC. No se toman decisiones caso por caso y no se tiene en cuenta la capacidad de cambiar las propias convicciones.

Los objetores de conciencia deberían tener el derecho a pedir el estatus de OC en cualquier momento, antes o después de ingresar en las fuerzas armadas. En este momento, no hay posibilidad de solicitarlo durante o después del servicio militar y los soldados profesionales están completamente excluidos de la concesión del estatus de OC.
Esto sucede a pesar del hecho de que dos resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos recomiendan que no debe ser así. La resolución E/CN.4/1993/L.107 "afirma que a las personas que están cumpliendo el servicio militar no se les puede negar el derecho a tener objeciones de conciencia al servicio militar" y en la resolución posterior 1998/77 (E/CN.4/1998/L.93) "las personas que están cumpliendo el servicio militar pueden transformarse en objetores de conciencia"
Hoy en día, los trámites burocráticos impiden a las personas ejercer su derecho a la OC.

El servicio sustitutorio debe situarse bajo una autoridad civil, no bajo una autoridad militar (Ministerio de Defensa) - incluyendo las evaluaciones de las solicitudes de OC. En este momento, el Artículo 20, párrafo 1 y el Artículo 21, párrafo 3(d) de la Ley 2510/97 coloca de facto al servicio sustitutorio bajo autoridad parcialmente militar.
Situar el servicio sustitutorio bajo autoridades civiles cumpliría con el Articulo 3 de la Resolución de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU 1998/77(E/CN.4/1998/L.93) que solicitan a los estados " que establezcan órganos de decisión independientes e imparciales encargados de la tarea de determinar si la objeción de conciencia es válida en un caso determinado"
El derecho a un servicio sustitutorio no podrá ser nunca derogado, incluso en tiempo de guerra.
A pesar de que el Artículo 4 párrafo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos estipula medidas especiales en momentos de emergencia que amenacen la vida del país, el párrafo 2 del mismo establece que "La disposición precedente no autoriza suspensión alguna de los artículos 6, 7, 8 (párrafos 1 y 2), 11, 15, 16 y 18."
Según los procedimientos actuales, los OC son juzgados en más de una ocasión por el mismo delito.
Esto contradice claramente el Artículo 5 de la Resolución de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU 1998/77 que establece que "los Estados deben tomar las medidas necesarias para no someter a los objetores de conciencia a encarcelamiento o a sanciones repetidas por el hecho de no haber cumplido el servicio militar, y recuerda que nadie puede ser considerado responsable o castigado de nuevo por un delito por el cual ya haya sido definitivamente condenado o absuelto de conformidad con la legislación y el procedimiento penal de cada país".[3]
También se contradice con el Artículo 14 párrafo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: "Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto por una sentencia firme de acuerdo con la ley y el procedimiento penal de cada país."

También contraviene la Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 2002/45 que recoge la recomendación 2 del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias que pretende evitar que los sistemas judiciales de los Estados sean usados para obligar a los objetores de conciencia a cambiar sus convicciones.
En la actualidad, los objetores de conciencia que realicen actividades sindicales o participen en una huelga durante su servicio sustitutorio pueden ver revocada su condición de OC.
Esto contraviene el Artículo 6 de la Resolución de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU 1998/77 que establece que "los Estados, en su legislación y en su práctica, no deben discriminar contra los objetores de conciencia en lo referente a sus condiciones de servicio o a cualesquiera derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos"
Los objetores de conciencia (con procedimientos legales contra ellos) deben recuperar todos sus derechos civiles y personales, incluyendo el de viajar fuera del país, el derecho a un pasaporte y documento de identidad y el de sufragio.
La práctica de que los objetores de conciencia encausados vean revocados sus derechos civiles y personales está en contradicción con el Artículo 14, párrafo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), que establece que "Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley."[4]

2. Introducción

Este informe se centra en la situación de los objetores de conciencia en Grecia. Grecia fue el último país de la Unión Europea en reconocer el derecho a la objeción de conciencia, finalmente en 1997.

Sin embargo, a pesar de este reconocimiento, sigue habiendo varios problemas y prácticas discriminatorias contra los objetores de conciencia. El tema de la objeción de conciencia en Grecia es complejo, donde diversos grupos están siendo excluidos a priori de la posibilidad de solicitar el estatus de OC y con la obligación de seguir estrictas directrices procedimentales para aquellos a quienes se les permite la solicitud. Además, la prestación del servicio sustitutorio para los objetores de conciencia está plagada de complicaciones y así se discrimina a los OC.

Aunque este informe trata de la objeción de conciencia en Grecia, merece la pena señalar que las numerosas cuestiones y problemas con las leyes, procedimientos y prácticas relacionadas con el reclutamiento y la objeción de conciencia en Grecia tienen muchas y serias implicaciones para los hombres griegos en edad de ser reclutados y para sus familias. Muchos de éstos como el servicio sustitutorio que obliga a los OC a salir del mercado laboral y de sus familias durante largos períodos ya se han tratado anteriormente en el informe. Sin embargo, además de estos asuntos, numerosos problemas surgen del simple número de reclutas que evitan el servicio militar a través de triquiñuelas. Por ejemplo, los reclutas pueden ocultarse, salir del país o "hacerse el loco". De esta manera, no pueden participar en la sociedad griega, lo que influye en la vida política, social y económica, especialmente a través del mercado laboral.

La Internacional de Resistentes a la Guerra sigue de cerca la situación de los objetores de conciencia en Grecia y trabaja con la Asociación de Objetores de Conciencia Griegos (Óõíäåóìïó Áíôéññçóéùí Óõíåéäçóçó -SAS) y la sección griega de Amnistía Internacional para resaltar las numerosas y frecuentes violaciones de los derechos humanos de los OC griegos por parte de las autoridades griegas.

Este informe se basa en información oficial del ejército griego, estudios de los casos de objetores de conciencia griegos e informes previos e investigación de la IRG, SAS y AI. Se mencionan diversas leyes nacionales, europeas e internacionales y recoge las recomendaciones de numerosos organismos griegos, europeos e internacionales. El informe se centra principalmente en las recomendaciones de la ONU, y aunque se mencionan otros estándares, en casi todos los casos hemos evitado citar demasiadas recomendaciones de otros organismos (como el Consejo de Europa) con el fin de evitar duplicaciones innecesarias.

Los "principales problemas" descritos anteriormente constituyen los problemas esenciales relacionados con la objeción de conciencia y su reconocimiento en Grecia. Este informe mostrará cómo la situación en Grecia constituye una violación de diversas leyes y resoluciones nacionales e internacionales, y así emplaza a Grecia a dar los pasos necesarios para situarse dentro de los estándares reconocidos internacionalmente.

3. Situación Legal.

Reclutamiento y servicio militar:

El reclutamiento fue establecido, directa y expresamente, en el Artículo 4, apartado 6, de la Constitución de 1975. Según esto, todos los varones griegos que sean capaces de llevar armas- siendo el único requisito su capacidad mental y física para llevar armas y soportar la vida militar- están obligados a contribuir a la defensa del país, según lo establecido por la ley. El reclutamiento se reguló posteriormente por la Ley 731/1977, y enmendado en 1988 (1763/1988).

Todos los hombres griegos, desde el 1 de enero del año en que cumplen 19 años hasta el 31 de diciembre del año en que cumplen 45, están obligados a prestar servicio en las Fuerzas Armadas. Esto incluye a todos los varones nacidos tanto de madre o padre griego, que automáticamente adquieren la nacionalidad griega y de esta forma son candidatos a prestar el servicio militar - sin importar si quieren tener la nacionalidad griega o tengan otra nacionalidad. En la práctica, la mayoría de los griegos realizan su servicio militar entre los 20 y los 30 años de edad. Las obligaciones de los reservistas se aplican hasta la edad de 50; los reservistas son llamados periódicamente para realizar entrenamientos.

Según la legislación vigente, la duración de todo el servicio militar es de 12 meses en el Ejército de Tierra, la Armada y las Fuerzas Aéreas. Supeditado a las necesidades eventuales de las Fuerzas Armadas, y con la aprobación del Ministro de Defensa, es posible que los reclutas sean dispensados del servicio antes de completarlo o, en algunos casos, después de un servicio de mayor duración.

En algunos casos, los reclutas o soldados pueden optar a un servicio reducido - a 3, 6, 9 ó 12 meses. Los posibles candidatos incluyen (no exclusivamente): los padres viudos de al menos un menor incapaz de trabajar, quienes desempeñaran un cargo en las Fuerzas Armadas de otro Estado durante al menos 6 meses, cualquiera cuya esposa sea incapaz de trabajar, los primogénitos cuyos padres hayan fallecido.

Los reclutas recogidos en las siguientes categorías pueden solicitar el aplazamiento de su servicio militar: estudiantes, aspirantes a la escuela superior o a la universidad y para los que prestan su servicio en la Marina, los que tengan un hermano en servicio, extranjeros con residencia permanente, aquellos que pertenezcan a las Fuerzas Armadas de otro país, los que se alisten como marineros, extranjeros nacionalizados, personas provenientes de países del antiguo Bloque Soviético o Turquía, los hospitalizados, confinados o exiliados y por algunas razones médicas.

A los reclutas de mayor edad se les concede la posibilidad de realizar sólo parte de su servicio y, según su edad o estado civil, abonar una cuota por el tiempo restante.

Objeción de conciencia al servicio militar:

El derecho a la objeción de conciencia está legalmente reconocido en la Ley 1997 de Objeción de Conciencia (2510/1997), que entró en vigor el 1 de enero de 1998. Según el Artículo 18, apartado 1 de dicha ley, "Aquellos que apelen a sus convicciones ideológicas o religiosas con el fin de no cumplir sus obligaciones de reclutamiento por razones de conciencia, pueden ser reconocidos como objetores de conciencia". Los solicitantes del estatus de OC deben presentar argumentos específicos describiendo los motivos de su objeción "con una percepción general de la vida, basado en convicciones de conciencia religiosa, filosóficas o morales, que sean practicadas invariablemente por la persona y sean manifestados con un comportamiento coherente" (Artículo 18, apdo. 2). Conviene recordar que la enmienda a la constitución que reconoce el estatus de OC por motivos no religiosos no se hizo sino recientemente en el año 2000.[5]

No hay disposiciones legales para la objeción de conciencia para soldados profesionales. La Ley de Objeción de Conciencia se aplica sólo a los reclutas.

Los siguientes grupos están automáticamente excluidos de la solicitud del estatus de OC:

Los siguientes trámites deben acompañar a la solicitud del estatus de OC:

Servicio sustitutorio:

En el Artículo 18, capítulo C, párrafo 3 de la Ley 2510/1997 establece el servicio sustitutorio:

"los objetores de conciencia están llamados a prestar un servicio militar sin armas o un servicio civil o social sustitutorio"

La ley griega de OC fue enmendada en agosto de 2004[8], de manera que ahora los objetores de conciencia terminan su servicio sustitutorio tras pasar el doble de tiempo que el servicio militar menos un mes. En teoría esto sumaría entre 5 y 23 meses, pero en la práctica en la mayoría de los casos suma unos 23 meses de servicio.

Según los términos y condiciones del servicio sustitutorio, los objetores reconocidos no pasan a tener un estatus legal militar sino que siguen siendo considerados civiles. Sin embargo, el Artículo 21, apdo. 3 (b) de la Ley 2510/1997 considera a"aquellos que prestan un servicio civil alternativo [...] como cuasi alistados en las Fuerzas Armadas". (Esto es una ambigüedad que será tratada posteriormente).

Los objetores de conciencia que prestan un servicio sustitutorio tienen derecho a alojamiento y alimentación gratuita, según el Artículo 21 de la Ley 2510/1997, y si esto no fuera posible el salario actual de los OC será de 210,70 euros.

El servicio militar sin armas dura de 4 meses y 15 días a 18 meses.

4. Temas específicos

Problemas con el derecho a la objeción de conciencia:

La Ley de Objeción de Conciencia incumple varios estándares internacionales y de la ONU sobre OC. Hay varios problemas relacionados con las exclusiones enumeradas anteriormente y también con la aplicación práctica del procedimiento a los OCs:

Problemas con la realización del servicio sustitutorio:

A pesar de estar contemplado dentro de la ley griega, las condiciones del servicio sustitutorio son claramente punitivas y discriminatorias contra los objetores de conciencia tal como se muestra a continuación:

5. Evolución de la Objeción de Conciencia en Grecia

Grecia tiene una larga historia de represión a los objetores de conciencia. Durante décadas, Grecia rechazó reconocer el derecho a la objeción de conciencia. Desde la década de los 50, aproximadamente 3.500 OCs han sido encarcelados. Inicialmente, la mayoría eran Testigos de Jehová, pero desde los 80, ha habido un número creciente de otros OCs inspirados por motivos seculares, pacifistas, políticos y otros.

El derecho a la OC fue reconocido por primera vez en la legislación griega el 1 de enero de 1998, casi 11 años después de que surgiera el primer OC no religioso, y se establecía la posibilidad de un servicio sustitutorio. Grecia fue el último país de la UE en reconocer el derecho a la OC. Durante 1997, unos 250 Testigos de Jehová estaban cumpliendo sentencias de cárcel por ejercer su derecho a la OC por motivos religiosos[34]. Durante los 3 primeros meses después de que la ley que reconocía la OC entrase en vigor, unas 80-100 personas solicitaron el estatus de OC. De éstos, 9 eran OC no religiosos y el resto por motivos religiosos (Testigos de Jehová). En 1999, había más de 200 OC prestando el servicio sustitutorio[35]. Hasta junio de 2003, se habían cursado 771 solicitudes del estatus de OC, de las cuales 758 fueron aceptadas[36].

Antes del reconocimiento de la OC y desde entonces (debido a la complejidad de los trámites y el trato discriminatorio que sufren los OCs), muchos reclutas potenciales y OCs han intentado evitar el servicio militar a través de medios "alternativos". Los reclutas pueden demandar la exención viajando al extranjero por largos períodos de tiempo, "haciéndose los locos" (siendo declarados enfermos mentales), matriculándose como estudiantes, mediante acuerdos con la propia unidad, o por otros métodos. Esto significa que además de los casos conocidos de OC, hay otros muchos que no son contabilizados oficialmente, así que a menudo las cifras oficiales sobre el número de OCs no reflejan la realidad de la OC en Grecia. Oficialmente se estima el número de varones griegos que tratan de escabullirse entre 8.000 y 35.000, pero los grupos de apoyo a OC estiman que el número debe rondar de 40.000 a 70.000[37].

La falta de transparencia que envuelve todo el proceso de prestación del servicio militar o el sustitutorio implica que a menudo los reclutas no son conscientes de que tienen derecho a solicitar el estatus de OC. Así, el número de solicitudes de OC depende de que el ejército proporcione a los reclutas la información necesaria para tramitar sus solicitudes a tiempo y lleguen a la comisión.

Durante años, el gobierno griego ha sido instado en numerosas ocasiones por varios organismos inter-gubernamentales para reconducir su política sobre la OC al cumplimiento de los estándares internacionales sobre objeción de conciencia, entre ellos:

Se han dado algunos pequeños pasos para acercar la ley griega de OC a importantes estándares internacionales. Por ejemplo, en el verano de 2001 hubo una reducción de la duración del servicio sustitutorio para algunos OCs en función del tiempo de servicio militar que estaban obligados a cumplir antes de ser reconocidos como OCs (en lugar de un incremento de 18 meses sobre la duración del servicio militar en todos los casos, se convirtió en un incremento de 16 meses para padres de 1 hijo, de 14 meses para los padres de 2 hijos y de 12 meses para aquellos con 3 hijos). Recientemente, en Agosto de 2004 la ley fue enmendada de forma que ahora los objetores de conciencia finalizan su servicio sustitutorio tras cumplir el doble de tiempo que el servicio militar menos un mes.

Sin embargo, a pesar de estos pequeños pasos, la mayor parte de las recomendaciones de organismos nacionales e internacionales han sido ignoradas.

6. Conclusión

A pesar de que Grecia reconoce el derecho a la objeción de conciencia y prevé un servicio sustitutorio, todavía quedan varios problemas y prácticas discriminatorias contra los objetores de conciencia y la tramitación del servicio sustitutorio está plagada de complicaciones y esto discrimina a los OCs. Reiteramos las principales preocupaciones señaladas al comienzo del informe:

Como se señala en este informe, las preocupaciones planteadas anteriormente han sido también planteadas por la ONU y recomendaciones, leyes y estándares internacionales. Está suficientemente claro que las leyes de OC, las prácticas y directrices griegas no cumplen dichos estándares.

La Internacional de Resistentes a la Guerra pide a Grecia que reconozca el derecho a la Objeción de Conciencia al menos según estos estándares.

Notas

[1]Comisión de Derechos Humanos de la ONU, Comunicado 666/1995
[2]Comisión Nacional Griega de Derechos Humanos, "Propuestas para la institución de un servicio social-civil alternativo nacional", nº 7, 2001, www.nchr.gr
[3]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, Artículo 5
[4]ICCPR, Artículo 14, párrafo 2.
[5]WRI "CO in OSCE member states", pág 5, 2003
[6]Artículo 18, párrafo 4 (a): "aquellos que hayan portado armas durante cualquier periodo de tiempo en las Fuerzas Armadas griegas o de otro país o en las fuerzas de seguridad" no pueden ser considerados objetores de conciencia.
[7]Correo electrónico de Giorgios Karatzas, en respuesta al borrador del informme sobre OC en Grecia de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, 07/02/05
[8]Decisión del Ministro de Defensa F.420/76/81249 publicada en el número 1232 B del Boletín del Gobierno el 11 de agosto de 2004.
[9]ICCPR, Artículo 14, párrafo 2.
[10]Comisión Nacional Griega de Derechos Humanos, "Respuestas al cuestionario de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU sobre la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio", octubre de 2003, www.nchr.gr
[11]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU: Objeción de conciencia al servicio militar, Artículo 8.
[12]Comisión Nacional Griega de Derechos Humanos, " Propuestas para la institución de un servicio social-civil alternativo nacional", nº 7, 2001, www.nchr.gr
[13]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, Artículo 3, llamamiento a los estados para que " establezcan órganos de decisión independientes e imparciales encargados de la tarea de determinar si la objeción de conciencia es válida en un caso determinado".
[14]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU: Objeción de conciencia al servicio militar, Artículo 6.
[15]Consejo de Europa (1987), Recomendación Nº R(87) 8 del Comité de Ministros a los Estados miembros sobre la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio, Artículo C9, adoptado el 9 de abril de 1987.
[16]Comisión de Derechos Humanos de la ONU, Comunicado 666/1995
[17]Carta Social Europea, parte 2, Artículo 1, párrafo 2.
[18]ICCPR, Artículo 18, párrafo 3.
[19]WRI "CO in OSCE member states", pág 5, 2003
[20]Correo electrónico de Giorgios Karatzas, en respuesta al borrador del informme sobre OC en Grecia de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, 04/01/05
[21]www.oaed.gr/Pages/Repository/FI_132.file
[22]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU: Objeción de conciencia al servicio militar, Artículo 6, establece que "los Estados, en su legislación y en su práctica, no deben discriminar contra los objetores de conciencia en lo referente a sus condiciones de servicio o a cualesquiera derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos".
[23]WRI "CO in OSCE member states", pág 5, 2003
[24]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU: Objeción de conciencia al servicio militar, Artículo 6, establece que "los Estados, en su legislación y en su práctica, no deben discriminar contra los objetores de conciencia en lo referente a sus condiciones de servicio o a cualesquiera derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos".
[25]WRI "CO in OSCE member states", pág 5, 2003
[26]ICCPR, Artículo 14, párrafo2
[27]Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU (1968), Artículo 13
[28]Ley 2510/97, Artículo 21, párrafo 6.
[29]Ley 2510/97, Artículo 21, párrafo 8.
[30]Ley 2510/97, Artículo 21, párrafo 7.
[31]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU: Objeción de conciencia al servicio militar, Artículo 6, establece que "los Estados, en su legislación y en su práctica, no deben discriminar contra los objetores de conciencia en lo referente a sus condiciones de servicio o a cualesquiera derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos".
[32]Comisión Nacional Griega de Derechos Humanos, "Respuestas al cuestionario de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU sobre la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio", octubre de 2003, www.nchr.gr
[33]Comisión Nacional Griega de Derechos Humanos, " Propuestas para la institución de un servicio social-civil alternativo nacional", nº 7, 2001, www.nchr.gr
[34]Informe de Amnistía Internacional 1998: Grecia
[35]Informe sobre OC en Grecia de 1999, Yiannis Glarnetatzis, vicepresidente de EBCO
[36]Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), Estudio de los Informes remitidos por los Estados miembros según el artículo 40 del pacto, informe inicial sobre Grecia, párrafo 688, 5 de abril de 2004.
[37]WRI "Refusing to bear arms", informe sobre Grecia, 1998
[38]Resolución del Parlamento Europeo 2001/2014
[39]European Committee on Social Rights, Decision on the merits, Complaint 8/2000. Demanda colectiva realizada por Quaker Council for European Affairs ´Collective Complaint on Greece to the Council of Europe under the Social Charter' (reg. 8/2000)
[40]Decisión del Ministro de Defensa F.420/76/81249 publicada en el número 1232 B del Boletín del Gobierno el 11 de agosto de 2004.