Informe a la Comisión de Derechos Humanos en referencia al artículo 18 del Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos

en
es

Febrero de 2005

Presentado por la Internacional de Resistentes a la Guerra, 5 Caledonian Rd, London N1 9DX, Gran Bretaña
Tel +44-20-7278 4040; Fax +44-20-7278 0444
Email infoatwri-irg.org; web http://wri-irg.org

wri-irg.org; web http://wri-irg.org

Autora: Kat Barton
Traducción: Pedro J Ballesteros

1. Principales problemas

La duración del servicio sustitutorio es discriminatoria y punitiva. Bajo la ley actual, los objetores de conciencia (OCs) pueden perder su condición si rechazan prestar el represivamente largo servicio sustitutorio.
Esto es contrario al artículo 4 de la Resolución 1998/77(E/CN.4/1998/L.93) de la omisión de Derechos Humanos que "Recuerda a los estados que tengan un sistema de servicio militar obligatorio en el que no se haya establecido todavía una disposición de este tipo su recomendación de que establezcan diversas formas de servicio alternativo para los objetores de conciencia que sean compatibles con las razones de la objeción de conciencia, que tengan carácter civil o no combativo, que redunden en el interés público y que no sean de naturaleza punitiva"
Resoluciones anteriores del Comité de Derechos Humanos - recientemente Foin vs France - establecieron que la diferencia de duración es admisible sólo si está basada en "criterios razonables y objetivos, tales como la naturaleza del servicio específico o la necesidad de una formación especial destinada al cumplimiento del servicio"[1] y cualquier disparidad en duración que discrimine a los OCs por razón de su conciencia constituye una violación del principio de igualdad establecido en el artículo 26 del Convenio. También es contrario a la Recomendación R(87) 8 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, que establece que "la duración del servicio deberá ser razonable y no deberá ser equivalente a un ´castigo´"[2]
La ley griega de OC excluye grupos enteros de la solicitud del estatus de OC. No se toman decisiones caso por caso y no se tiene en cuenta la capacidad de cambiar las propias convicciones.

Los objetores de conciencia deberían tener el derecho a pedir el estatus de OC en cualquier momento, antes o después de ingresar en las fuerzas armadas. En este momento, no hay posibilidad de solicitarlo durante o después del servicio militar y los soldados profesionales están completamente excluidos de la concesión del estatus de OC.
Esto sucede a pesar del hecho de que dos resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos recomiendan que no debe ser así. La resolución E/CN.4/1993/L.107 "afirma que a las personas que están cumpliendo el servicio militar no se les puede negar el derecho a tener objeciones de conciencia al servicio militar" y en la resolución posterior 1998/77 (E/CN.4/1998/L.93) "las personas que están cumpliendo el servicio militar pueden transformarse en objetores de conciencia"
Hoy en día, los trámites burocráticos impiden a las personas ejercer su derecho a la OC.

El servicio sustitutorio debe situarse bajo una autoridad civil, no bajo una autoridad militar (Ministerio de Defensa) - incluyendo las evaluaciones de las solicitudes de OC. En este momento, el Artículo 20, párrafo 1 y el Artículo 21, párrafo 3(d) de la Ley 2510/97 coloca de facto al servicio sustitutorio bajo autoridad parcialmente militar.
Situar el servicio sustitutorio bajo autoridades civiles cumpliría con el Articulo 3 de la Resolución de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU 1998/77(E/CN.4/1998/L.93) que solicitan a los estados " que establezcan órganos de decisión independientes e imparciales encargados de la tarea de determinar si la objeción de conciencia es válida en un caso determinado"
El derecho a un servicio sustitutorio no podrá ser nunca derogado, incluso en tiempo de guerra.
A pesar de que el Artículo 4 párrafo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos estipula medidas especiales en momentos de emergencia que amenacen la vida del país, el párrafo 2 del mismo establece que "La disposición precedente no autoriza suspensión alguna de los artículos 6, 7, 8 (párrafos 1 y 2), 11, 15, 16 y 18."
Según los procedimientos actuales, los OC son juzgados en más de una ocasión por el mismo delito.
Esto contradice claramente el Artículo 5 de la Resolución de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU 1998/77 que establece que "los Estados deben tomar las medidas necesarias para no someter a los objetores de conciencia a encarcelamiento o a sanciones repetidas por el hecho de no haber cumplido el servicio militar, y recuerda que nadie puede ser considerado responsable o castigado de nuevo por un delito por el cual ya haya sido definitivamente condenado o absuelto de conformidad con la legislación y el procedimiento penal de cada país".[3]
También se contradice con el Artículo 14 párrafo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: "Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto por una sentencia firme de acuerdo con la ley y el procedimiento penal de cada país."

También contraviene la Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 2002/45 que recoge la recomendación 2 del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias que pretende evitar que los sistemas judiciales de los Estados sean usados para obligar a los objetores de conciencia a cambiar sus convicciones.
En la actualidad, los objetores de conciencia que realicen actividades sindicales o participen en una huelga durante su servicio sustitutorio pueden ver revocada su condición de OC.
Esto contraviene el Artículo 6 de la Resolución de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU 1998/77 que establece que "los Estados, en su legislación y en su práctica, no deben discriminar contra los objetores de conciencia en lo referente a sus condiciones de servicio o a cualesquiera derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos"
Los objetores de conciencia (con procedimientos legales contra ellos) deben recuperar todos sus derechos civiles y personales, incluyendo el de viajar fuera del país, el derecho a un pasaporte y documento de identidad y el de sufragio.
La práctica de que los objetores de conciencia encausados vean revocados sus derechos civiles y personales está en contradicción con el Artículo 14, párrafo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), que establece que "Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley."[4]

2. Introducción

Este informe se centra en la situación de los objetores de conciencia en Grecia. Grecia fue el último país de la Unión Europea en reconocer el derecho a la objeción de conciencia, finalmente en 1997.

Sin embargo, a pesar de este reconocimiento, sigue habiendo varios problemas y prácticas discriminatorias contra los objetores de conciencia. El tema de la objeción de conciencia en Grecia es complejo, donde diversos grupos están siendo excluidos a priori de la posibilidad de solicitar el estatus de OC y con la obligación de seguir estrictas directrices procedimentales para aquellos a quienes se les permite la solicitud. Además, la prestación del servicio sustitutorio para los objetores de conciencia está plagada de complicaciones y así se discrimina a los OC.

Aunque este informe trata de la objeción de conciencia en Grecia, merece la pena señalar que las numerosas cuestiones y problemas con las leyes, procedimientos y prácticas relacionadas con el reclutamiento y la objeción de conciencia en Grecia tienen muchas y serias implicaciones para los hombres griegos en edad de ser reclutados y para sus familias. Muchos de éstos como el servicio sustitutorio que obliga a los OC a salir del mercado laboral y de sus familias durante largos períodos ya se han tratado anteriormente en el informe. Sin embargo, además de estos asuntos, numerosos problemas surgen del simple número de reclutas que evitan el servicio militar a través de triquiñuelas. Por ejemplo, los reclutas pueden ocultarse, salir del país o "hacerse el loco". De esta manera, no pueden participar en la sociedad griega, lo que influye en la vida política, social y económica, especialmente a través del mercado laboral.

La Internacional de Resistentes a la Guerra sigue de cerca la situación de los objetores de conciencia en Grecia y trabaja con la Asociación de Objetores de Conciencia Griegos (Óõíäåóìïó Áíôéññçóéùí Óõíåéäçóçó -SAS) y la sección griega de Amnistía Internacional para resaltar las numerosas y frecuentes violaciones de los derechos humanos de los OC griegos por parte de las autoridades griegas.

Este informe se basa en información oficial del ejército griego, estudios de los casos de objetores de conciencia griegos e informes previos e investigación de la IRG, SAS y AI. Se mencionan diversas leyes nacionales, europeas e internacionales y recoge las recomendaciones de numerosos organismos griegos, europeos e internacionales. El informe se centra principalmente en las recomendaciones de la ONU, y aunque se mencionan otros estándares, en casi todos los casos hemos evitado citar demasiadas recomendaciones de otros organismos (como el Consejo de Europa) con el fin de evitar duplicaciones innecesarias.

Los "principales problemas" descritos anteriormente constituyen los problemas esenciales relacionados con la objeción de conciencia y su reconocimiento en Grecia. Este informe mostrará cómo la situación en Grecia constituye una violación de diversas leyes y resoluciones nacionales e internacionales, y así emplaza a Grecia a dar los pasos necesarios para situarse dentro de los estándares reconocidos internacionalmente.

3. Situación Legal.

Reclutamiento y servicio militar:

El reclutamiento fue establecido, directa y expresamente, en el Artículo 4, apartado 6, de la Constitución de 1975. Según esto, todos los varones griegos que sean capaces de llevar armas- siendo el único requisito su capacidad mental y física para llevar armas y soportar la vida militar- están obligados a contribuir a la defensa del país, según lo establecido por la ley. El reclutamiento se reguló posteriormente por la Ley 731/1977, y enmendado en 1988 (1763/1988).

Todos los hombres griegos, desde el 1 de enero del año en que cumplen 19 años hasta el 31 de diciembre del año en que cumplen 45, están obligados a prestar servicio en las Fuerzas Armadas. Esto incluye a todos los varones nacidos tanto de madre o padre griego, que automáticamente adquieren la nacionalidad griega y de esta forma son candidatos a prestar el servicio militar - sin importar si quieren tener la nacionalidad griega o tengan otra nacionalidad. En la práctica, la mayoría de los griegos realizan su servicio militar entre los 20 y los 30 años de edad. Las obligaciones de los reservistas se aplican hasta la edad de 50; los reservistas son llamados periódicamente para realizar entrenamientos.

Según la legislación vigente, la duración de todo el servicio militar es de 12 meses en el Ejército de Tierra, la Armada y las Fuerzas Aéreas. Supeditado a las necesidades eventuales de las Fuerzas Armadas, y con la aprobación del Ministro de Defensa, es posible que los reclutas sean dispensados del servicio antes de completarlo o, en algunos casos, después de un servicio de mayor duración.

En algunos casos, los reclutas o soldados pueden optar a un servicio reducido - a 3, 6, 9 ó 12 meses. Los posibles candidatos incluyen (no exclusivamente): los padres viudos de al menos un menor incapaz de trabajar, quienes desempeñaran un cargo en las Fuerzas Armadas de otro Estado durante al menos 6 meses, cualquiera cuya esposa sea incapaz de trabajar, los primogénitos cuyos padres hayan fallecido.

Los reclutas recogidos en las siguientes categorías pueden solicitar el aplazamiento de su servicio militar: estudiantes, aspirantes a la escuela superior o a la universidad y para los que prestan su servicio en la Marina, los que tengan un hermano en servicio, extranjeros con residencia permanente, aquellos que pertenezcan a las Fuerzas Armadas de otro país, los que se alisten como marineros, extranjeros nacionalizados, personas provenientes de países del antiguo Bloque Soviético o Turquía, los hospitalizados, confinados o exiliados y por algunas razones médicas.

A los reclutas de mayor edad se les concede la posibilidad de realizar sólo parte de su servicio y, según su edad o estado civil, abonar una cuota por el tiempo restante.

Objeción de conciencia al servicio militar:

El derecho a la objeción de conciencia está legalmente reconocido en la Ley 1997 de Objeción de Conciencia (2510/1997), que entró en vigor el 1 de enero de 1998. Según el Artículo 18, apartado 1 de dicha ley, "Aquellos que apelen a sus convicciones ideológicas o religiosas con el fin de no cumplir sus obligaciones de reclutamiento por razones de conciencia, pueden ser reconocidos como objetores de conciencia". Los solicitantes del estatus de OC deben presentar argumentos específicos describiendo los motivos de su objeción "con una percepción general de la vida, basado en convicciones de conciencia religiosa, filosóficas o morales, que sean practicadas invariablemente por la persona y sean manifestados con un comportamiento coherente" (Artículo 18, apdo. 2). Conviene recordar que la enmienda a la constitución que reconoce el estatus de OC por motivos no religiosos no se hizo sino recientemente en el año 2000.[5]

No hay disposiciones legales para la objeción de conciencia para soldados profesionales. La Ley de Objeción de Conciencia se aplica sólo a los reclutas.

Los siguientes grupos están automáticamente excluidos de la solicitud del estatus de OC:

  • personas que hayan prestado servicio armado tanto en fuerzas militares griegas o extranjeras o cualquier fuerza de seguridad (como aduanas, policía...), independientemente de su duración.[6]
  • personas en posesión de un permiso de caza o que lo hayan solicitado o que participen activamente en asociaciones de caza. Esto significa que todos los cazadores, unos 300,000 hombres griegos en edad de reclutamiento, están excluidos.
  • personas que hayan sido procesadas o sentenciadas por posesión de armas o munición, o uso ilegal de la violencia. De esta manera, incluso si el proceso se basó en suposiciones erróneas, la persona queda excluida de su reconocimiento como OC.

Los siguientes trámites deben acompañar a la solicitud del estatus de OC:

  • El reconocimiento del estatus de OC se hace efectivo sólo a través de la decisión del Ministro de Defensa, basada en el informe de una comisión realizado tras la revisión de la solicitud o tras una comparecencia personal.
  • Según el Artículo 20 de la Ley 2510/1997, todas las demandas de OC son estudiadas por una comisión especial bajo la autoridad del Ministerio de Defensa. La comisión se compone de un experto en legislación que actúa como presidente, dos catedráticos universitarios (especializados en los campos de ciencias políticas, sociología o derecho) y dos oficiales del ejército de alto rango (uno de la oficina de reclutamiento y un psiquiatra de las Fuerzas Armadas). Los solicitantes pueden ser sometidos a una entrevista personal con la comisión, durante la cual deberán exponer su caso relatando los motivos de su objeción "con una percepción general de la vida, basado en convicciones de conciencia religiosa, filosóficas o morales, que sean practicadas invariablemente por la persona y sean manifestados con un comportamiento coherente" (como establece el Artículo 18, apdo. 2). La comisión emite un informe consultivo, pero el Ministerio de Defensa suele aceptar las decisiones de la comisión. Si a un solicitante se le niega el estatus de OC, puede apelar y solicitar el aplazamiento de la incorporación a filas, que debe entregar a las autoridades en el plazo de 5 días desde que hizo la solicitud.[7]
  • Según el Artículo 18, apdo. 4 de la Ley, los solicitantes deben aportar varios documentos y certificados - como una copia del registro criminal del solicitante, que demuestre que no ha sido condenado ni procesado por un crimen violento, un certificado de la Comisaría local de Policía verificando que no ha solicitado licencia de armas y otro certificado del Servicio Público Forestal confirmando que no dispone de licencia de caza.
  • El límite de tiempo para presentar solicitudes de OC establece que sólo se pueden presentar antes de comenzar el servicio militar. La fecha tope es el día anterior a la incorporación a filas.

Servicio sustitutorio:

En el Artículo 18, capítulo C, párrafo 3 de la Ley 2510/1997 establece el servicio sustitutorio:

"los objetores de conciencia están llamados a prestar un servicio militar sin armas o un servicio civil o social sustitutorio"

La ley griega de OC fue enmendada en agosto de 2004[8], de manera que ahora los objetores de conciencia terminan su servicio sustitutorio tras pasar el doble de tiempo que el servicio militar menos un mes. En teoría esto sumaría entre 5 y 23 meses, pero en la práctica en la mayoría de los casos suma unos 23 meses de servicio.

Según los términos y condiciones del servicio sustitutorio, los objetores reconocidos no pasan a tener un estatus legal militar sino que siguen siendo considerados civiles. Sin embargo, el Artículo 21, apdo. 3 (b) de la Ley 2510/1997 considera a"aquellos que prestan un servicio civil alternativo [...] como cuasi alistados en las Fuerzas Armadas". (Esto es una ambigüedad que será tratada posteriormente).

Los objetores de conciencia que prestan un servicio sustitutorio tienen derecho a alojamiento y alimentación gratuita, según el Artículo 21 de la Ley 2510/1997, y si esto no fuera posible el salario actual de los OC será de 210,70 euros.

El servicio militar sin armas dura de 4 meses y 15 días a 18 meses.

4. Temas específicos

Problemas con el derecho a la objeción de conciencia:

La Ley de Objeción de Conciencia incumple varios estándares internacionales y de la ONU sobre OC. Hay varios problemas relacionados con las exclusiones enumeradas anteriormente y también con la aplicación práctica del procedimiento a los OCs:

  • Al denegar el derecho a la objeción de conciencia a cualquiera que incumpla las estrictas categorías enumeradas anteriormente, incluyendo a los reclutas en servicio, reservistas y soldados profesionales, la ley se basa en una definición muy reducida de las "convicciones religiosas e ideológicas" y no permite la posibilidad del cambio. A pesar de que la ley Griega reconoce el derecho de los objetores de conciencia a cambiar en cualquier momento del servicio sustitutorio al servicio militar, no prevé procedimiento alguno para la objeción de conciencia sobrevenida durante el servicio militar - esta posibilidad está reconocida en las Resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU 1993/84 y 1998/77: "a las personas que están cumpliendo el servicio militar no se les puede negar el derecho a tener objeciones de conciencia al servicio militar" (1993/84) y "las personas que están cumpliendo el servicio militar pueden transformarse en objetores de conciencia" (1998/77). De hecho, la ley excluye expresamente a los reclutas en servicio solicitar el estatus de OC.
  • Las exclusiones se aplican incluso a solicitantes de OC que hayan sido investigados pero no acusados por posesión de armas o munición, o conducta violenta. Esto contradice el Artículo 14, párrafo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que afirma que "Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley." [9]
  • Debido a los estrictos plazos y burocracia relacionada con la emisión de certificados, en varios casos, los solicitantes no han podido cumplir con el plazo de la solicitud de OC porque muchos servicios públicos no emiten los diversos documentos y certificados que exige la oficina de reclutamiento en el tiempo oportuno.[10]
  • Los plazos y las exclusiones anteriores no tienen en cuenta el hecho de que la información sobre la opción de la OC no está libremente a disposición de los potenciales reclutas. Esta carencia de información unida a las esporádicas referencias de solicitantes de OC a las autoridades competentes a menudo da como resultado que las solicitudes de OC se inicien cuando es demasiado tarde y su derecho a solicitar la OC ya ha sido revocado. Esta carencia de información es contraria al Artículo 8 de la Resolución 1998/77 de la Comisión de derechos Humanos de la ONU que "Afirma la importancia de que todas las personas a las que pueda afectar el servicio militar dispongan de información sobre el derecho a la objeción de conciencia al servicio militar y sobre los medios de adquirir el estatuto jurídico de objetor de conciencia".[11]
  • Esta falta de transparencia se evidencia en el hecho de que las solicitudes se deben dirigir al Ministerio de Defensa. El comité examinador de solicitantes de OC está formado y controlado por el Ministerio de Defensa y 2 de sus miembros son militares. Dado que el ejército tiene un interés directo en mantener el número de OC al mínimo, con el fin de ser justo e imparcial, las solicitudes deberían ser evaluadas por un jurado totalmente civil para evitar conflictos de intereses y el proceso en conjunto debería ser supervisado por un organismo civil[12], como se exige en el Artículo 3 de la Resolución 1998/77 de la Comisión de derechos Humanos de la ONU[13].
  • Merece la pena constatar que las leyes, procedimientos y prácticas relativas a la OC en Grecia a menudo hacen que el número real de OCs quede distorsionado. Por las razones señaladas anteriormente, los varones griegos en edad de reclutamiento (y potenciales OCs) eluden el servicio militar ocultándose, reclamando la exención a través de otra ley - a menudo "haciéndose el loco", mediante acuerdos con la propia unidad, o por otros medios (OC "por la puerta trasera"). Esto significa que las cifras oficiales del número de OCs a menudo no reflejan la realidad de la OC en Grecia.

Problemas con la realización del servicio sustitutorio:

A pesar de estar contemplado dentro de la ley griega, las condiciones del servicio sustitutorio son claramente punitivas y discriminatorias contra los objetores de conciencia tal como se muestra a continuación:

  • Los objetores de conciencia son discriminados con un servicio sustitutorio que es considerablemente más largo que el servicio militar, habitualmente el doble que el servicio militar menos un mes. Esta duración ampliada representa una forma de castigo para los objetores de conciencia. Es un claro incumplimiento de varios estándares reconocidos internacionalmente.
    • En primer lugar, incumple el Artículo 6 de la Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, que reitera una afirmación hecha en una resolución anterior: "los Estados, en su legislación y en su práctica, no deben discriminar a los objetores de conciencia en lo referente a sus condiciones de servicio o a cualesquiera derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos"[14]
    • En segundo lugar, incumple la recomendación 1987 del Consejo de Europa sobre la OC[15].
    • En tercer lugar, contradice decisiones anteriores de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, más recientemente Foin vs France, que resolvió que cualquier disparidad en duración es sólo permisible si está basada en "criterios razonables y objetivos, tales como la naturaleza del servicio específico o la necesidad de una formación especial destinada al cumplimiento del servicio"[16]
    • Finalmente, tal y como señaló el Quaker Council For European Affairs (QCEA) en una demanda colectiva, la punitiva duración del servicio sustitutorio incumple el Artículo 1, apartado 2, párrafo 2 de la Carta Social Europea que establece que "Con el fin de asegurar el ejercicio efectivo del derecho al trabajo, asumido por las Partes Contratantes; se protege efectivamente el derecho del trabajador a ganar un salario en una ocupación emprendida libremente"[17].
  • Según el Artículo 24, párrafo 2 de la ley, en caso de guerra las medidas que regulan el servicio sustitutorio pueden ser suspendidas por el Ministerio de Defensa. Los OCs que presten el servicio sustitutorio serán incorporados a un servicio militar desarmado obligatorio. Esta parte de la ley contradice el Artículo 18, párrafo 3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establece que "La libertad de manifestar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos y libertades fundamentales de los demás"[18]. También incumple el Artículo 4, párrafo 2 del citado Pacto, que establece que "La disposición precedente no autoriza suspensión alguna de los artículos 6, 7, 8 (párrafos 1 y 2), 11, 15, 16 y 18."
  • Los objetores de conciencia condenados por su "delito" son habitualmente vueltos a llamar a filas[19]. Esta práctica de juzgar a los OCs por más de un "delito" de evasión del reclutamiento o deserción es contraria a 3 importantes estándares reconocidos internacionalmente.
    • En primer lugar, viola los estándares de la ONU sobre el derecho a un juicio justo. Más concretamente, relacionado con la objeción de conciencia, esta práctica contraviene el Artículo 5 de la Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, que "Destaca que los Estados deben tomar las medidas necesarias para no someter a los objetores de conciencia a encarcelamiento o a sanciones repetidas por el hecho de no haber cumplido el servicio militar, y recuerda que nadie puede ser considerado responsable o castigado de nuevo por un delito por el cual ya haya sido definitivamente condenado o absuelto de conformidad con la legislación y el procedimiento penal de cada país."
    • También contraviene la Resolución 2002/45 de la Comisión de Derechos Humanos que recoge la recomendación 2 del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias que pretende evitar que los sistemas judiciales de los Estados sean usados para obligar a los objetores de conciencia a cambiar sus convicciones.
    • Además, entra en contradicción con el Artículo 14, párrafo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: "Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto por una sentencia firme de acuerdo con la ley y el procedimiento penal de cada país."
  • Aunque los OCs en teoría tienen derecho a alojamiento y alimentación gratuita, a menudo esto no es posible y el salario establecido en 210,70 no suele ser suficiente- incluso para pagar el alquiler[20]. Además, en Grecia, el subsidio para los desempleados es significativamente mayor, dado que el pago medio mensual es 320.25 [21](mínimo 311.25, máximo 329.25). Esto suma una discriminación económica contra los OCs que viola claramente el Artículo 6 de la Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU[22].
  • A la mayoría de los OC se les asigna un puesto lejos de su hogar[23]. La Ley 2510/97, en su Artículo 19 excluye los distritos de Atenas y Tesalónica de los lugares susceptibles para que un objetor lleve a cabo su servicio sustitutorio, y una decisión ministerial posterior (basada en la ley) añade 4 grandes ciudades muy pobladas a la lista de exclusiones. La ley también prohíbe a los OCs desempeñar su prestación en el lugar en el que viven, en su lugar de origen y en su lugar de nacimiento (el lugar de origen y el de nacimiento se consideran distintos, de forma que, por ejemplo, si un OC nació en un hospital en otra ciudad, esta ciudad también queda excluida).
    No está de más resaltar que la amplia exclusión mencionada tiende más a hacer la vida diaria de un objetor lo más difícil posible (sin acceso a diversas instalaciones y servicios), mientras que las grandes unidades militares continúan en los alrededores de varias grandes ciudades de Grecia.
    Estas medidas punitivas también sugieren que el estado está tratando de eliminar la posibilidad de que un OC desempeñe su labor en un lugar en que pueda tener alojamiento gratuito (por ejemplo en casa de algún pariente). De este modo, en la práctica, los OCs tienen que pagar un alquiler, lo que significa que sólo los OCs más ricos pueden desempeñar el servicio sustitutorio, lo que claramente discrimina a aquellos que no lo puedan pagar.
    De nuevo, esta práctica está en contradicción con el Artículo 6 de la Resolución 1988/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU[24].
  • A los OCs que están en trámites de ser juzgados por su(s) "delito(s)" se les priva del derecho a salir del país y en algunos casos sus parientes han sido acosados por la policía[25].
    Según el Artículo 14, párrafo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos "Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley"[26]. Por lo tanto, los OCs en espera de juicio por su(s) "delito(s)" deberían mantener sus derechos como ciudadanos griegos, incluyendo el derecho remarcado en el Artículo 13 de la Declaración de Derechos Humanos, que establece que "Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país"[27].
  • Un OC reconocido que no se incorpore a su puesto de servicio sustitutorio a tiempo, se convierte en un "Anipótaktos" (objetor al reclutamiento) y es perseguido por la ley militar. Como "Anipótaktos" pierde su estatus de OC. Esta parte de la ley griega de OC es extremadamente confusa puesto que deja a los OCs en un "limbo" entre las autoridades civiles y militares. Esto queda ilustrado en el caso de Lazaros Petromelidis, al que en febrero de 2004 un tribunal militar en Tesalónica comunicó que no podía juzgarlo por ser civil. Sin embargo, dado que los tribunales civiles no procesan asuntos relacionados con leyes militares, se quedó sin poder recurrir ni a autoridades civiles ni militares. La legalidad de estas cuestiones resulta así extremadamente mal elaborada y confusa.
  • Según el Artículo 21, párrafo 2 de la ley, el plazo dentro del cual los OCs prestando el servicio sustitutorio deberán incorporarse a su puesto se considera iniciado en la fecha en que se envía una citación de la autoridad militar competente del Ministerio de Defensa. Si un OC no se incorpora a su puesto en la fecha señalada en la mencionada comunicación, se enfrenta a ser acusado de insubordinación como antes señalábamos. Dado el estricto castigo a la no incorporación dentro de plazo, no resulta razonable que el llamamiento comience en la fecha en que es enviada dicha carta y así la llegada puntual del OC se confíe a la infalibilidad del servicio postal griego. En gran medida, el período de tiempo para que los OCs se incorporen al servicio sustitutorio no está especificado en la ley y queda así abierto a cualquier interpretación.
  • Una oficina de reclutamiento puede usar sus poderes discrecionales para privar a un objetor de su derecho a prestar un servicio sustitutorio y revocar su estatus de OC (como estipula el capítulo C, Artículo 21, párrafo 5 de la Ley 2510/97). Esto se aplica como una forma de castigo por la no realización de sus tareas o por cometer cualquier falta disciplinaria dentro de la institución pública o incluso por cualquier incumplimiento irregular de sus deberes.
    Esto significa que incluso en el caso de una ausencia de un día o una hora, según el criterio de su superior, un OC puede perder su estatus. Estos poderes discrecionales también se aplican en el caso de un OC participando en actividades sindicales, por ejemplo en una huelga. En casos como estos en que un OC haya perdido su estatus, queda obligado, según el párrafo 6 del citado artículo, a prestar el tiempo restante de sus obligaciones militares en el ejército. Sin embargo, sólo se contabiliza la mitad del tiempo que pasó prestando el servicio sustitutorio, así que si un OC ha realizado 4 meses de servicio sustitutorio, las autoridades consideran que ha hecho sólo 2 meses[28]. Sumado a ésto, en cualquier caso, un OC debe cumplir 6 meses de servicio militar, sin importar el tiempo que haya estado prestando el servicio sustitutorio[29]. Lo mismo se aplica en el caso de que un OC cambie voluntariamente del servicio sustitutorio al servicio militar[30].
    Este aspecto de la ley es extremadamente discriminatorio por dos razones: en primer lugar, una falta disciplinaria no debería conducir a la pérdida del estatus de OC, y en segundo lugar, según el Artículo 6 de la Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU[31], los OCs no deben ser discriminados de forma que pierdan derechos políticos como el derecho a la huelga o realizar acciones sindicales.
    Además, el Defensor del Pueblo griego, ha declarado esta práctica inaceptable y ha solicitado que el Ministerio de Defensa retire la actual norma que permite a las oficinas de reclutamiento privar a los OCs de su estatus y llamarlos de nuevo al servicio militar[32].
  • Uno de los asuntos más importantes respecto a los problemas de los OCs en Grecia es que el servicio sustitutorio está totalmente controlado por el Ministerio de Defensa, incluso en el estado inicial de evaluar las solicitudes del estatus de OC. Además, el Artículo21, párrafo 3 (b) considera "a aquellos que realicen un servicio sustitutorio (...) como cuasi alistados en las Fuerzas Armadas". A pesar de que los objetores están - supuestamente, según las condiciones del servicio- no sometidos a un estatus legal militar sino que siguen siendo civiles, el control del servicio sustitutorio de manos del Ministerio de Defensa provoca una contradicción con un amplio abanico de implicaciones, ¡particularmente para aquellos que pueden perder su estatus de OC y enfrentarse a un juicio en un tribunal militar!
    Según los estándares y recomendaciones internacionales, toda la institución del servicio sustitutorio debe tener un carácter completamente civil, por lo que si se crea una comisión para evaluar las solicitudes, no debería contar con miembros militares y no debería informar a las autoridades militares. En este sentido, el Artículo 3 de la Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU "Hace un llamamiento a los Estados que no tienen este sistema para que establezcan órganos de decisión independientes e imparciales encargados de la tarea de determinar si la objeción de conciencia es válida en un caso determinado, teniendo en cuenta la necesidad de no discriminar entre los objetores de conciencia sobre la base de la naturaleza de sus convicciones particulares"
    Por tanto, una autoridad civil independiente debería sustituir a la mencionada comisión del Ministerio de Defensa, tal y como la Comisión Nacional Griega de Derechos Humanos y el Defensor del Pueblo griego han sugerido[33].

5. Evolución de la Objeción de Conciencia en Grecia

Grecia tiene una larga historia de represión a los objetores de conciencia. Durante décadas, Grecia rechazó reconocer el derecho a la objeción de conciencia. Desde la década de los 50, aproximadamente 3.500 OCs han sido encarcelados. Inicialmente, la mayoría eran Testigos de Jehová, pero desde los 80, ha habido un número creciente de otros OCs inspirados por motivos seculares, pacifistas, políticos y otros.

El derecho a la OC fue reconocido por primera vez en la legislación griega el 1 de enero de 1998, casi 11 años después de que surgiera el primer OC no religioso, y se establecía la posibilidad de un servicio sustitutorio. Grecia fue el último país de la UE en reconocer el derecho a la OC. Durante 1997, unos 250 Testigos de Jehová estaban cumpliendo sentencias de cárcel por ejercer su derecho a la OC por motivos religiosos[34]. Durante los 3 primeros meses después de que la ley que reconocía la OC entrase en vigor, unas 80-100 personas solicitaron el estatus de OC. De éstos, 9 eran OC no religiosos y el resto por motivos religiosos (Testigos de Jehová). En 1999, había más de 200 OC prestando el servicio sustitutorio[35]. Hasta junio de 2003, se habían cursado 771 solicitudes del estatus de OC, de las cuales 758 fueron aceptadas[36].

Antes del reconocimiento de la OC y desde entonces (debido a la complejidad de los trámites y el trato discriminatorio que sufren los OCs), muchos reclutas potenciales y OCs han intentado evitar el servicio militar a través de medios "alternativos". Los reclutas pueden demandar la exención viajando al extranjero por largos períodos de tiempo, "haciéndose los locos" (siendo declarados enfermos mentales), matriculándose como estudiantes, mediante acuerdos con la propia unidad, o por otros métodos. Esto significa que además de los casos conocidos de OC, hay otros muchos que no son contabilizados oficialmente, así que a menudo las cifras oficiales sobre el número de OCs no reflejan la realidad de la OC en Grecia. Oficialmente se estima el número de varones griegos que tratan de escabullirse entre 8.000 y 35.000, pero los grupos de apoyo a OC estiman que el número debe rondar de 40.000 a 70.000[37].

La falta de transparencia que envuelve todo el proceso de prestación del servicio militar o el sustitutorio implica que a menudo los reclutas no son conscientes de que tienen derecho a solicitar el estatus de OC. Así, el número de solicitudes de OC depende de que el ejército proporcione a los reclutas la información necesaria para tramitar sus solicitudes a tiempo y lleguen a la comisión.

Durante años, el gobierno griego ha sido instado en numerosas ocasiones por varios organismos inter-gubernamentales para reconducir su política sobre la OC al cumplimiento de los estándares internacionales sobre objeción de conciencia, entre ellos:

  • En agosto de 1999, el Defensor del Pueblo por los Derechos de los Ciudadanos publicó una serie de recomendaciones incluyendo la desmilitarización parcial del servicio sustitutorio, una reducción de la duración del mismo, la abolición de la inconstitucional posibilidad de revocar el estatus de un OC y convertirlo de nuevo en recluta, la creación de modalidades de servicio reducido como en el servicio militar y la inclusión de las ONG en los grupos de instituciones en que pueda prestarse dicho servicio.
  • En 2001, el Parlamento Europeo en una resolución, apeló a Grecia para que reconozca el derecho a la objeción de conciencia al servicio militar sin restricciones, y sin referencia a ningún motivo religioso, a establecer vías de servicio sustitutorio que no duren más que el servicio militar obligatorio y a liberar inmediatamente a aquellos que cumplen condena de prisión por estos motivos[38].
  • El mismo año, respondiendo a una demanda colectiva del Quaker Council for European Affairs (QCEA), la Comisión Europea de Derechos Sociales concluyó que la duración del servicio sustitutorio supone una desproporcionada restricción al "derecho del trabajador a ganar un salario en una ocupación emprendida libremente" y viola el Artículo 1.2 de la Carta Social Europea, dado que el servicio sustitutorio mantiene a los OCs fuera del mercado laboral durante un tiempo desproporcionadamente más largo que los reclutas en las Fuerzas Armadas[39].
  • También en 2001, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (una autoridad administrativa independiente) pidió que la gerencia del servicio sustitutorio no estuviera bajo jurisdicción del Ministerio de Defensa, y que este servicio debía ser "razonablemente" más largo que el servicio militar.
  • En 2003, el Parlamento Europeo en su informe anual sobre Derechos Fundamentales en la Unión Europea, animaba a Grecia a reconocer el derecho a la objeción de conciencia sin restricciones, a que el servicio sustitutorio tenga la misma duración que el servicio militar y a liberar inmediatamente a aquellos que cumplen condena de prisión por estos motivos[40].

Se han dado algunos pequeños pasos para acercar la ley griega de OC a importantes estándares internacionales. Por ejemplo, en el verano de 2001 hubo una reducción de la duración del servicio sustitutorio para algunos OCs en función del tiempo de servicio militar que estaban obligados a cumplir antes de ser reconocidos como OCs (en lugar de un incremento de 18 meses sobre la duración del servicio militar en todos los casos, se convirtió en un incremento de 16 meses para padres de 1 hijo, de 14 meses para los padres de 2 hijos y de 12 meses para aquellos con 3 hijos). Recientemente, en Agosto de 2004 la ley fue enmendada de forma que ahora los objetores de conciencia finalizan su servicio sustitutorio tras cumplir el doble de tiempo que el servicio militar menos un mes.

Sin embargo, a pesar de estos pequeños pasos, la mayor parte de las recomendaciones de organismos nacionales e internacionales han sido ignoradas.

6. Conclusión

A pesar de que Grecia reconoce el derecho a la objeción de conciencia y prevé un servicio sustitutorio, todavía quedan varios problemas y prácticas discriminatorias contra los objetores de conciencia y la tramitación del servicio sustitutorio está plagada de complicaciones y esto discrimina a los OCs. Reiteramos las principales preocupaciones señaladas al comienzo del informe:

  • La duración del servicio sustitutorio es discriminatoria y punitiva.
  • La ley griega de OC excluye grupos enteros de la solicitud del estatus de OC. No hay una decisión caso por caso y la posibilidad de variar las convicciones personales no se tiene en cuenta.
  • Los objetores de conciencia deberían tener derecho a reclamar el estatus de objetor de conciencia en cualquier momento, tanto antes como después de incorporarse a las Fuerzas Armadas.
  • Los trámites burocráticos impiden el ejercicio del derecho de OC.
  • El servicio sustitutorio debe estar bajo autoridad civil y no bajo autoridad militar (Ministerio de Defensa) incluyendo la evaluación de solicitudes de objeción de conciencia.
  • La posibilidad de un servicio sustitutorio no debe poder ser derogada, incluso en tiempo de guerra.
  • Según los procedimientos actuales, los OCs son juzgados más de una vez por el mismo delito.
  • Los objetores de conciencia que desarrollan actividades sindicales o participan en una huelga durante su servicio sustitutorio pueden perder su estatus de OC.
  • Los objetores de conciencia (con causas pendientes)deben recobrar completamente sus derechos civiles y personales, incluido el derecho a viajar fuera del país, el derecho a un pasaporte y documento de identidad y el derecho a votar.

Como se señala en este informe, las preocupaciones planteadas anteriormente han sido también planteadas por la ONU y recomendaciones, leyes y estándares internacionales. Está suficientemente claro que las leyes de OC, las prácticas y directrices griegas no cumplen dichos estándares.

La Internacional de Resistentes a la Guerra pide a Grecia que reconozca el derecho a la Objeción de Conciencia al menos según estos estándares.

Notas

[1]Comisión de Derechos Humanos de la ONU, Comunicado 666/1995
[2]Comisión Nacional Griega de Derechos Humanos, "Propuestas para la institución de un servicio social-civil alternativo nacional", nº 7, 2001, www.nchr.gr
[3]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, Artículo 5
[4]ICCPR, Artículo 14, párrafo 2.
[5]WRI "CO in OSCE member states", pág 5, 2003
[6]Artículo 18, párrafo 4 (a): "aquellos que hayan portado armas durante cualquier periodo de tiempo en las Fuerzas Armadas griegas o de otro país o en las fuerzas de seguridad" no pueden ser considerados objetores de conciencia.
[7]Correo electrónico de Giorgios Karatzas, en respuesta al borrador del informme sobre OC en Grecia de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, 07/02/05
[8]Decisión del Ministro de Defensa F.420/76/81249 publicada en el número 1232 B del Boletín del Gobierno el 11 de agosto de 2004.
[9]ICCPR, Artículo 14, párrafo 2.
[10]Comisión Nacional Griega de Derechos Humanos, "Respuestas al cuestionario de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU sobre la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio", octubre de 2003, www.nchr.gr
[11]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU: Objeción de conciencia al servicio militar, Artículo 8.
[12]Comisión Nacional Griega de Derechos Humanos, " Propuestas para la institución de un servicio social-civil alternativo nacional", nº 7, 2001, www.nchr.gr
[13]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, Artículo 3, llamamiento a los estados para que " establezcan órganos de decisión independientes e imparciales encargados de la tarea de determinar si la objeción de conciencia es válida en un caso determinado".
[14]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU: Objeción de conciencia al servicio militar, Artículo 6.
[15]Consejo de Europa (1987), Recomendación Nº R(87) 8 del Comité de Ministros a los Estados miembros sobre la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio, Artículo C9, adoptado el 9 de abril de 1987.
[16]Comisión de Derechos Humanos de la ONU, Comunicado 666/1995
[17]Carta Social Europea, parte 2, Artículo 1, párrafo 2.
[18]ICCPR, Artículo 18, párrafo 3.
[19]WRI "CO in OSCE member states", pág 5, 2003
[20]Correo electrónico de Giorgios Karatzas, en respuesta al borrador del informme sobre OC en Grecia de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, 04/01/05
[21]www.oaed.gr/Pages/Repository/FI_132.file
[22]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU: Objeción de conciencia al servicio militar, Artículo 6, establece que "los Estados, en su legislación y en su práctica, no deben discriminar contra los objetores de conciencia en lo referente a sus condiciones de servicio o a cualesquiera derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos".
[23]WRI "CO in OSCE member states", pág 5, 2003
[24]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU: Objeción de conciencia al servicio militar, Artículo 6, establece que "los Estados, en su legislación y en su práctica, no deben discriminar contra los objetores de conciencia en lo referente a sus condiciones de servicio o a cualesquiera derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos".
[25]WRI "CO in OSCE member states", pág 5, 2003
[26]ICCPR, Artículo 14, párrafo2
[27]Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU (1968), Artículo 13
[28]Ley 2510/97, Artículo 21, párrafo 6.
[29]Ley 2510/97, Artículo 21, párrafo 8.
[30]Ley 2510/97, Artículo 21, párrafo 7.
[31]Resolución 1998/77 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU: Objeción de conciencia al servicio militar, Artículo 6, establece que "los Estados, en su legislación y en su práctica, no deben discriminar contra los objetores de conciencia en lo referente a sus condiciones de servicio o a cualesquiera derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos".
[32]Comisión Nacional Griega de Derechos Humanos, "Respuestas al cuestionario de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU sobre la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio", octubre de 2003, www.nchr.gr
[33]Comisión Nacional Griega de Derechos Humanos, " Propuestas para la institución de un servicio social-civil alternativo nacional", nº 7, 2001, www.nchr.gr
[34]Informe de Amnistía Internacional 1998: Grecia
[35]Informe sobre OC en Grecia de 1999, Yiannis Glarnetatzis, vicepresidente de EBCO
[36]Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), Estudio de los Informes remitidos por los Estados miembros según el artículo 40 del pacto, informe inicial sobre Grecia, párrafo 688, 5 de abril de 2004.
[37]WRI "Refusing to bear arms", informe sobre Grecia, 1998
[38]Resolución del Parlamento Europeo 2001/2014
[39]European Committee on Social Rights, Decision on the merits, Complaint 8/2000. Demanda colectiva realizada por Quaker Council for European Affairs ´Collective Complaint on Greece to the Council of Europe under the Social Charter' (reg. 8/2000)
[40]Decisión del Ministro de Defensa F.420/76/81249 publicada en el número 1232 B del Boletín del Gobierno el 11 de agosto de 2004.

Programmes & Projects
Countries
Theme
Institutions

Añadir nuevo comentario

Related peace activist(s): Lazaros Petromelides
Related peace activist(s): Giorgios Monastiriotis
Related peace activist(s): Yiannis Glarnetatzis
Related peace activist(s): Lazaros Petromelides
Related peace activist(s): Giorgios Monastiriotis
Related peace activist(s): Yiannis Glarnetatzis