El caso de Osman Murat Ülke

Osman Murat Ülke se declaró objetor de conciencia y quemó su cartilla de alistamiento el 1 de septiembre de 1995 en Izmir. Fue arrestado más de un año después –el 7 de octubre de 1996– bajo cargos de infringir el Artículo 155, “alienar al pueblo del ejército”. Una vez en poder de los militares, fue trasladado a su unidad del ejército, donde se negó a obedecer órdenes y se le acusó repetidas veces de “desobediencia”, lo cual provocó una situación que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos más tarde describió como una “alternancia constante entre juicios y encarcelamientos”. Esta situación se prolongó hasta su excarcelamiento 2 años y medio más tarde, aún bajo la obligación de prestar servicio militar, lo cual le forzaba a vivir en la clandestinidad.

El 24 de enero de 2006, el TEDH dictaminó que este tratamiento equivalía a una “muerte civil” y a una violación del Artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos e impuso a Turquía el pago de una indemnización. Sin embargo, a pesar de que Osman recibió la indemnización, su situación no cambió. En junio de 2007 recibió una nueva orden de arresto para cumplir el resto de la condena, que se remontaba a 1999. Turquía está desafiando así al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El Consejo de Europa ha recalcado en una sesión de octubre de 2007 que las sentencias del TEDH “son de aplicación directa en el sistema legal turco en virtud del Artículo 90 de la Constitución turca”, y ha instado a Turquía a poner fin a la violación de los derechos de Osman. El caso sigue abierto....

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